Colaboración con la Plataforma por la Defensa del Río Castril

Cuenta en Caja Granada nº 2031 0044 81 0215592607

Información general de lo más relevante que sucede en la vida del pueblo y comarca.

2.12.15

El Tribunal Constitucional decide que no es inconstitucional la disposición que legalizaba el decreto que otorgaba cobertura legal al trasvase del río



Hoy se ha conocido el pronunciamiento del Tribunal Constitucional sobre la disposición XV de la ley de Residuos Sólidos sobre la que el Supremo había planteado la cuestión de inconstitucionalidad. Con esta disposición se pretendía (el Gobierno y las fuerzas políticas PP y PSOE) recuperar las competencias del decreto de sequía,  RD 1419/2015, que había sido declarado nulo de pleno derecho por el Supremo. Con este decreto y sus posteriores prórrogas se aprobaron diferentes obras, entre ellas el trasvase del río Castril.

Una vez declarado nulo de pleno derecho, el Supremo, a instancias de la Plataforma por la Defensa del Río, decretó la paralización de las obras del trasvase. Pero cuando se estaba a la espera de otras decisiones por el Supremo, como la retirada de las tuberías, la restitución del medio afectado y la indemnización a las familias agricultoras, el entonces Gobierno, a través de su grupo parlamentario y con apoyo del PP, introdujeron la disposición en una ley que se estaba tramitando (la ley de Residuos Sólidos) para legalizar las obras que el Supremo había declarado nulas de pleno derecho. Aquello era claramente un ardid para intentar eludir el acatamiento de la sentencia del Supremo. Por ello, este tribunal planteó la cuestión de inconstitucionalidad, al entender que podía estar produciéndose una violación de la separación de poderes que atentaba contra la independencia de poder judicial tal como planteado en la Constitución. Esto es lo que ahora el Constitucional no ha aceptado. Por tanto, la competencia sobre aquellos obras medioambientales que desaparecieron del ordenamiento jurídico (al ser declaradas nulas de pleno derecho), vuelven al Gobierno.

Esto no quiere decir entonces que las obras del trasvase adquieren la legalidad de la que hasta ahora han carecido, sino que el Gobierno recupera competencias. Pero lo que decida el Supremo respecto a la sentencia de paralización está aun por ver. No olvidemos que, en cualquier caso y al margen de lo que decida el Supremo, el Gobierno tendría que empezar el proceso con todos sus trámites y plazos desde el principio si quisiera reemprender las obras. Y además, habría que esperar a la decisión que adopte la Audiencia Nacional, que decretó la suspensión cautelar de las obras tras el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Plataforma al decreto ministerial que autorizaba el inicio de las obras.

5 comentarios:

Anónimo dijo...

Ahora Castrileños!!!!
El unico partido que comtempla en su programa la derogación del trasvase del Río Castril, es PODEMOS.

salud y conciencia!!!

Casimira Quiñones Muñoz

pd:pido disculpas por la falta de ortografía, esa h.(soy un poco desastre)
ahh y río, lo escribo con mayúscula por la importancia que para mí tiene nuestro río.

Anónimo dijo...

Casi,ya se te nota que el jefe te ha llamado a la atencion, ya sabes que voy por lo de tu facebook ¡¡VIVA LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN ¡¡Diremos como aquel " donde dije DIGO ,digo DIEGO "

Anónimo dijo...

Que contemple también los aparcamientos en la plaza...que es una vergüenza quitar las fuentes pa los coches.....

Anónimo dijo...

Disculpas haceptadas

Anónimo dijo...

El río siempre lleva agua y nunca es la misma. Y sin embargo siempre tropezamos en la misma piedra.