Según las declaraciones del subdelegado de Gobierno, Antonio Cruz, la continuación de las obras del trasvase del río Castril será algo inminente. Interpretan, tanto el subdelegado como las otras partes que recurrieron el decreto de paralización instado por el ayuntamiento de Cortes, que la suspensión cautelar que el juzgado de lo contencioso-administrativo ha decidido respecto a dicho decreto los habilita para ello. Pero la realidad de los hechos es muy diferente de la que tratan de mostrar.
El auto del juzgado de lo contencioso-administrativo no es una sentencia. Es recurrible y sólo pide la suspensión cautelar del decreto de paralización hasta que haya un pronunciamiento por este juzgado en sentencia firme. Acepta la suspensión, pero en ningún momentos sostiene que las obras no sean ilegales, es decir, que se ajusten a la legalidad. No se olvide ese detalle. Entiende dicho juzgado que la suspensión cautelar es procedente por cuanto el interés general a que aducen ambas administraciones, ministerio y ayuntamiento, hace reconsiderar la petición de la demandante, pues de contrario, se perdería la finalidad legítima al recurso. Y ello, porque considera que la denegación de la suspensión supondría gravísimas consecuencias económicas y también que pudiera reaparecer la situación de sequía, argumentos que, entiende, son válidos para solicitar la suspensión. Por último, sostiene dicho juzgado, que la paralización decretada por la alcaldía basada en la nulidad del decreto 1419/2005, hubiera tenido mejor encaje como petición de suspensión cautelar en otro contencioso-administrativo que tiene interpuesto el ayuntamiento de Cortes contra las obras del trasvase.
Como vemos, en ningún momento se sostiene la legalidad de las obras. Es un auto que dispone la suspensión cautelar del decreto de paralización dictado por el alcalde de Cortes. Contra el mismo cabe un recurso de apelación; y finalmente, llegado su momento, se producirá la sentencia sobre la validez del decreto de la alcaldía. Eso es todo lo que hay. Nada de que dicho auto valida las obras o de que estas no sean ilegales. Y eso lo saben desde el ministerio de Medio Ambiente. El decreto que amparaba la realización de las obras del trasvase (1419/2005) es nulo de pleno derecho porque así lo dictaminó el Tribunal Supremo. Desde el momento en que la sentencia se publicó en el BOE, nadie puede mirar para otro lado. Las responsabilidades se pagan. Todas las administraciones están advertidas y los hechos están, y continuarán en los próximos días, denunciados en las instancias judiciales pertinentes.
Los ayuntamiento de Castril y Cortes saben que estas obras son ilegales y que, por tanto, deben y pueden intervenir. Suponemos que el ayuntamiento cortesano lo hará. Del castrileño no lo esperamos, pero tendrá que responder llegado su momento. La Plataforma está en la obligación de denunciar ante la opinión pública, las administraciones y los juzgados, los incumplimientos que se puedan producir en los próximos días, tal como nos vienen anunciando. Informaremos de ello.
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