Tras publicarse la sentencia del Tribunal Supremo que declaraba nulo de pleno derecho el decreto del Gobierno de medidas contra la sequía, entre las que se encuentra el proyecto de trasvase del río Castril, La Plataforma se dirigió a la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir y a la Consejería de Medio Ambiente para que actuaran en consecuencia y paralizaran y demolieran definitivamente las obras. Asimismo les instaba a que restituyeran los daños causados e indemnizaran a los agricultores expropiados. Estos organismos respondieron argumentando que el decreto anulado no amparaba dicho proyecto y que su intención era proseguir y finalizar las obras. En vista de este absurdo empecinamiento, la Plataforma ha tenido que pedir el amparo de los tribunales.
También, y por otro lado, la Plataforma se dirigió a los ayuntamientos por donde discurrían las obras para advertirles de la ilegalidad de estas. Entre estos ayuntamientos se encuentran los de Castril, Cortes de Baza, Zújar, Benamaurel y Baza. Mientras los demás guardaron silencio, el ayuntamiento de Cortes, como era de prever dado que públicamente había manifestado su oposición, en cuanto estas obras penetraron en su término municipal decretó la inmediata paralización alegando la inexistencia de los preceptivos permisos municipales por parte de la empresa. A dicho decreto de paralización, el Ministerio de Medio Ambiente interpuso un recurso contenciosos-administrativo porque, según ellos, no necesitaban de tales permisos al ser una obra declarada de interés general. El ayuntamiento de Cortes se defiende diciendo que todo el proceso de expropiaciones ha estado amparado en el decreto anulado y, por tanto, carece de legalidad, por lo que la empresa no puede operar en su término sin los permisos correspondientes. La Plataforma. como organización que lucha por la preservación del río en su integridad, también participa como parte en el contencioso argumentando y aportando abundante documentación que muestra la situación de ilegalidad de todo el proceso seguido, pues el decreto que pone en marcha todos los pasos necesarios para la aprobación definitiva por el Consejo de Ministros es nulo de pleno derecho, por lo que la empresa y la CHG se situarían fuera de la ley. El juzgado denegó la medida cautelarísima de suspensión del decreto de la alcaldía de Cortes pedida por el Ministerio, así como también la personación en el contencioso como parte del ayuntamiento de Baza. Este ayuntamiento, junto a otros que no aparecen como beneficiarios del trasvase en la documentación oficial, también quieren recurrir el decreto de la alcaldía de Cortes.
Pero la Plataforma ha ido más allá. El ayuntamiento de Castril, lejos de responder a la requisitoria de la Plataforma advirtiendo de la ilegalidad de las obras, ha permitido que estas sigan realizando trabajos en su término municipal. Así las cosas, a la Plataforma no le ha quedado más respuesta que interponer una querella contra dicho ayuntamiento.
Por tanto, de estos tres pleitos, más el que en su día interpusieron las personas afectadas por las expropiaciones ante el cúmulo de irregularidades habidas durante la tramitación del proceso, podrían tenerse noticias en los próximos días. Informaremos en cuanto haya noticias de ellos así como del contenciosos interpuesto a la Resolución que denegaba la necesidad de realizar un estudio de impacto ambiental al proyecto de trasvase.
En alguna ocasión, desde la Consejería de Medio Ambiente se ha indicado que sólo una resolución del Parlamento Europeo o una sentencia judicial les llevaría paralizar definitivamente el trasvase. El problema es que ahora, además de ser más oneroso, no van a poder eludir las responsabilidades que se derivan de mantener esta situación de manifiesta ilegalidad.